miércoles, 18 de septiembre de 2013

La explotación del yasuni 


yasuni
El informe final sobre el cual se sustentará la decisión de la Asamblea para autorizar la explotación del bloque ITT, ubicado en el Parque Nacional Yasuní, avanza. Ayer, los presidentes de las comisiones de Justicia, Desarrollo Económico, Gobiernos Autónomos y Derechos Colectivos mantuvieron una reunión con Charlos Vierte Inguinal, el presidente de la Comisión de Diversidad  quien deberá compilar los informes de cada mesa para presentarlos ante el Pleno, para el primer debate. Según el calendario oficia-lista la declaratoria de interés nacional de la explotación de los bloques 31 y 43 estará aprobada a inicios de octubre. Dentro de este calendario, está previsto que hoy acudan los ministros de Recursos Naturales no Renovables, Pedro Erizarme y de Mediatamente  Lloren Tapia, a fin de que despejen las inquietudes de los legisladores. Dentro del bloque oficializa aún existen dudas sobre la situación de los pueblos en aislamiento y de cómo garantizar un plan de medidas cautelares. También, las condiciones, infraestructura y técnicas para la preservación de la vida y la cultura en esos bloques. Mañana, los parlamentarios recibirán a distintas organizaciones sociales, colectivos como representantes de la Fenocin, la . Derechos colectivos A respetar la zona intangible Esta Comisión considera viable la petición del Ejecutivo sobre la base del irrestricto respeto a la protección de la zona intangible. Especifican que para los pueblos indígenas en aislamiento voluntario o no contactados el territorio es un elemento fundamental para su desarrollo pues la relación con este es la base para el mantenimiento de sus vidas y su cultura. Recuerdan que es obligación del Estado garantizar la intangibilidad de la zona de los pueblos no contactados. Con el fin de garantizar su protección durante la explotación en el Parque Nacional Yasuní, recomiendan la suspensión obligatoria de cualquier actividad en el momento en que se realice un "alistamiento o encuentro accidental" con los pueblos no contactados. En caso de la explotación de los bloques 31 y 43 el Estado deberá implementar mecanismos encaminados a la protección de los derechos individuales y colectivos de estos pueblos con el correspondiente respeto y garantía del derecho a la salud, a sus tierras y recursos.